Que el modelo sea similar al modelo en sus otros componentes no marcarios, no puede ser objeto de infracción, caso ADIDAS VS INDECOPI y otros
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA QUINTA SALA ESPECIALIZADA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SUBESPECIALIDAD EN TEMAS DE MERCADO Sumilla: Que el modelo de zapatillas sea similar al modelo TERREX en sus otros componentes no marcarios, no puede ser objeto de infracción, pues tal como señaló el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, lo que contraviene la normativa y es considerado como una práctica desleal, es la utilización de un signo distintivo ajeno para hacer pasar como propios productos ajenos, y en este caso no se han utilizados las marcas de ADIDAS y, de otro lado, no se acreditó que el modelo TERREX estuviera protegido bajo ninguna forma de propiedad industrial. EXPEDIENTE Nº : 14679-2017 DEMANDANTE ...